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G
Garantía Real: Garantía constituida por bienes tangibles, como es el caso de los inmuebles. La “Garantía Real” más común es la “Hipoteca”.
Gastos de Notaría: Son los gastos originados por la intervención del notario.
LE INTERESA SABER
Los aranceles notariales son los mismos para todos los notarios; están fijados por el Gobierno mediante Real Decreto y son obligatorios (es decir, los notarios no pueden modificarlos y están obligados a aplicarlos estrictamente en toda su actividad profesional). Sepa además que los notarios son funcionarios públicos. |
Gestoría: Sociedad, regida por un “Gestor Administrativo” (profesional liberal legalmente autorizado), que se encarga de la tramitación y gestión de las escrituras notariales (compraventa, hipoteca, etc.) hasta su inscripción en el Registro de la Propiedad
LE INTERESA SABER
En una operación hipotecaria, puesto que la validez de la “Hipoteca” depende de que quede inscrita en el Registro de la Propiedad, y puesto que para que la “Hipoteca” pueda inscribirse es necesario que esté previamente inscrita la “Compraventa”, las Entidades Financieras no le permitirán que sea usted el que haga los trámites o el que contrate por su cuenta una “Gestoría”, ya que de este modo se arriesga a que dichos trámites no se lleven a cabo o no se hagan correctamente (con lo cual la entidad perdería su garantía, que es la “Hipoteca”). |